En
este texto resumiré brevemente el texto “El movimiento juntero en
la España de 1808”, escrito por Antonio Moliner como parte de la
obra coordinada por Manuel Chust titulada 1808.
La eclosión juntera en el mundo hispano
(2007).
El
autor parte del momento en que España, en marzo de 1808, es invadida
por Francia después de que ésta rompe el trato que ambas tenían
para dividirse Portugal. Los franceses deciden quedarse en España
hasta 1813 (aunque la última batalla sería en 1814 en Toulouse,
ahora con los españoles en el papel invasor), un hecho jamás
imaginado por Carlos IV. Al poco tiempo de este hecho, Carlos IV
abdica al trono español y el francés Joaquín Murat—cuñado de
Napoleón--entra a Madrid y aplica una dictadura militar. Al lado de
Carlos IV estaba Manuel Godoy, una de sus validos más cercanos. La
familia real se muda a Bayona, pero Fernando VII, hijo de Carlos IV,
le arrebata el trono. El hijo también llega a Bayona, pero sin
trono, pues la habían cedido a Napoleón Bonaparte en las
abdicaciones.
Godoy se enfrenta directamente a Fernando VII, que será
llamado “El Deseado”, pues, según Moliner, en este momento se
comienza a crear un mito alrededor de su figura. De esta forma se
hace una oposición central entre Godoy y Fernando. Antes de salir a
Bayona, Fernando VII había nombrado una Junta de Gobierno, pero sus
resultados habían sido poco favorecedores. Napoleón representa la
falta de religión, pues había sido excomulgado de la Iglesia. José
Bonaparte, su hermano mayor, fue enviado como Rey de España, periodo
que abarcó oficialmente del 6 de junio de 1808 al 11 de diciembre de
1813.
Ante
la invasión, distintos españoles crean juntas en ciudades y
provincias favor del rey y de España. Las revueltas se hacían
contra Godoy y tenían un matiz xenófobo. De acuerdo con Moliner,
esta actitud del pueblo, espontánea, es el nacimiento de un nuevo
tiempo histórico que rompe con el Antiguo Régimen. Aunque las
juntas fueron formadas por élites locales estuvieron acompañadas de
levantamientos populares, tales como los de Oviedo, Sevilla, Jaén,
Granada, Gerona, Manresa, Vic, Salamanca, La Coruña, etc.
El
movimiento es popular, pero está ligado a la tradición y al poder.
El odio a los franceses se combinó con los problemas del diario de
las personas. Algunos se acusaron de ser partidarios de los
franceses. Las Juntas son entonces una formación que sucede a partir
de la ausencia del poder real. Ahí reside la soberanía del reino,
un aspecto sumamente revolucionario, según Moliner. Junto con las
guerrillas, este fue el aspecto más peculiar de la guerra de
independencia española, cita. Las 18 Juntas no reconocieron la
abdicación de Bayona. Las Juntas organizan resistencia y el
ejército, nombran generales y otros funcionarios, establecen
impuestos y administran las rentas y entablan relaciones con tras
naciones. No buscan el poder en sí, sino la restauración real. Su
formación fue muy heterogénea. Hay absolutistas y liberales. La
Junta de Sevilla del 27 de mayo se instauró como Suprema, tanto como
de España como de Indias.
Las
Juntas de España lograron influir en la reacción portuguesa a la
invasión española. A diferencia de España, el levantamiento en
Portugal tuvo un componente más religioso. Pero en Portugal siguió
el militarismo inglés tras la invasión francesa mediante Wellington
y Beresford. Según el autor, esto sofoco el levantamiento nacional y
le dio un tono muy distinto al de España. En Portugal se restauró
tanto la corona como la Iglesia y el estatus quo desconfió de las
juntas locales.
En
España, el 25 de septiembre de 1808, se creó la Junta Central. Con
esto se evitó el federalismo. Esta junta reconoció la deuda
nacional, impuso una contribución extraordinaria de Guerra, y firmó
un tratado de alianza con el Reino Unido en 1809. Trató de
cohesionar la resistencia nacional. Se colocó por arriba de las
juntas provinciales, lo que les restó autoridad. El resultado fue
que se convocó a formar Cortes y a redactar una Constitución para
tratar de enmendar los problemas nacionales. Las Juntas entonces
sirvieron como vínculo entre las cortes, el Consejo de Regencia y la
nación. La Constitución se redactó en 1812, la cual contempla el
poder de ayuntamientos y diputaciones. Ahí las juntas dejaron de
existir legalmente.
Concluye
Moliner: “las juntas nunca pretendieron cambiar el orden social
vigente, pero por las circunstancias particulares que se han
señalado, al dotarse las juntas de nuevos poderes abrieron el
proceso político que culminó con la obra de las Cortes de Cádiz y
la proclamación de la Constitución de 1812”. Su formación no fue
popular, pero sí hubo un componente del pueblo en la razón de su
existencia. Este esquema juntero se repetiría en las subsecuentes
crisis españolas.
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